Hacienda cambia de criterio: miles de contribuyentes pueden reclamar hasta 1.356 euros en IRPF por haber cancelado su hipoteca

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Si compraste tu casa antes de 2013 tenemos buenas noticias para ti: ahora podrás recuperar hasta 1.356 euros en su declaración de la renta gracias a un cambio importante en la forma en que Hacienda reconoce las deducciones por la hipoteca. Si usaste el dinero de la venta de tu vivienda para pagar lo que te quedaba pendiente de hipoteca, este cambio en la doctrina de Hacienda puede afectarte directamente.

La nueva resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) abre la puerta para que miles de contribuyentes revisen sus declaraciones de los últimos años y soliciten devoluciones que antes no podían pedir.

Una oportunidad para ahorrar en la renta. El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha dictado un cambio de doctrina en una resolución en la que ha aclarado que, si usas parte del dinero de la venta de tu casa para cancelar la hipoteca que te queda, también puedes deducir esa cantidad en la declaración de la renta. Esto cambia la forma en que Hacienda veía las cosas hasta ahora y puede significar recuperar más dinero en tus impuestos.

Antes, solo podías deducir las cuotas de la hipoteca mientras vivías en la casa y era de tu propiedad. Si vendías la vivienda, perdías la deducción desde el mismo día de la venta, aunque usaras parte del dinero para cancelar la hipoteca.

Un ejemplo para entenderlo fácil. La resolución del TEAC se ha basado en la consulta vinculante de un contribuyente de Santa Cruz de Tenerife por lo que su caso nos puede servir de ejemplo práctico. Este contribuyente vendió su vivienda en junio de 2018 y usó 10.202 euros del importe obtenido de la venta para cancelar la hipoteca. En ese momento, Hacienda solo le permitió deducir las cuotas pagadas hasta mayo, el mes anterior a la venta de la vivienda, porque el pago de cancelación de la misma, aunque forma parte de la inversión en esa vivienda, ya no computaba porque ya no era de su propiedad.

Con el nuevo criterio del TEAC, esa cancelación con el dinero de la venta también puede ser deducida y por eso puede recuperarse el exceso de retención en el IRPF que antes no se le reconocía. Esto supone un cambio real para quienes han vendido su casa y cancelado su deuda con el dinero de la venta, ya que su derecho a la deducción no desaparece el día que venden la casa, sino que sigue vigente mientras usen ese dinero para pagar la cancelación de su hipoteca.

Condiciones para acceder a la deducción. Tal y como recuerdan en Iberley, para poder beneficiarte de esta deducción se deben cumplir una serie de condiciones. La primera condición es que la vivienda debía ser tu vivienda habitual hasta el momento de venderla.

La segunda condición es haber comprado esa vivienda antes de 2013 y haber aplicado la deducción del IRPF con anterioridad a su venta. La base máxima para calcular la deducción es de 9.040 euros anuales, y Hacienda te permite deducir el 15% de lo que pagues del préstamo. Eso deja una deducción máxima de 1.356 euros al año que, si no la habías aplicado tras la venta de la vivienda, ahora puedes reclamar si corresponde.

Revisión de declaraciones desde 2021. Desde Idealista destacan que, aunque esta deducción solo es para quienes compraron antes de 2013, aquellos contribuyentes que hayan vendido su vivienda y cancelado la hipoteca desde 2021 pueden revisar sus declaraciones para ver si se les aplicó correctamente la deducción del IRPF, incluyendo ese importe final de la cancelación.

Esto quiere decir que puede haber devoluciones pendientes para quienes no lo reclamaron en su momento y cumplan con los requisitos en los ejercicios comprendidos entre 2021 y 2024, siempre que su plazo no haya prescrito.

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Imagen | Wikimedia Commons (Jordiferrer, Ruth Leong)

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La noticia Hacienda cambia de criterio: miles de contribuyentes pueden reclamar hasta 1.356 euros en IRPF por haber cancelado su hipoteca fue publicada originalmente en Xataka por Rubén Andrés .